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Seguro de Obra Civil

Se cubren los daños materiales ocurridos a los bienes durante la construcción de la Obra Civil en el sitio donde se lleven a cabo los trabajos; siempre que dichos daños sucedan en forma accidental, súbita e imprevista y que hagan necesaria la reparación y/o reposición como consecuencia directa de cualquiera de los riesgos amparados.

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Objeto de Seguro

Cobertura Básica "A":

 

Si durante el período de vigencia del seguro, descrito en la carátula de la póliza, los bienes asegurados durante la ejecución de la Obra Civil, en el sitio señalado en la carátula de la póliza, sufrieran pérdida o un daño accidental en forma súbita e imprevista debido a cualquier causa que no sea ninguna de las excluidas ( enunciadas en resumen mas adelante )o que no pudieran ampararse bajo las coberturas adicionales, y que necesiten su reparación o su reposición. La Compañía indemnizará al Asegurado por esta pérdida o este daño hasta un monto que no podrá exceder la suma asegurada contratada que se indica en la carátula de la póliza, por el concepto que sea, ni podrá ser superior en su conjunto a la suma total asegurada.

 

Coberturas adicionales:

 

Mediante aceptación expresa y por convenio expreso de los límites de indemnización así como el pago de la prima extra correspondiente, la presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que a continuación se indican:

 

Cobertura "B": Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto y/o erupción volcánica.

 

Cobertura "C": Daños causados directamente por ciclón, huracán, vientos tempestuosos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o rocas.

 

Cobertura "D": Daños causados durante el período de mantenimiento, solo cuando hayan sido causados por el (los) contratista(s) mientras se encuentre(n) en el sitio de Obra Civil con el fin de ejecutar cualquier trabajo para cumplir con las obligaciones de mantenimiento bajo el contrato de construcción.

 

Se aclara que el período de mantenimiento para toda la Obra Civil dará inicio una vez que haya finalizado el período de pruebas cuando se otorgue esta cobertura, o a la entrega de la obra o cuando se tome en uso, o lo que ocurra primero.

 

Cobertura "E" y "F": La Responsabilidad Civil extracontractual que incurra el Asegurado por daños materiales producidos a terceros a sus bienes y/o a sus personas que ocurran en conexión directa con la ejecución del contrato de construcción asegurado por esta póliza y que hubieren acontecido dentro o en la vecindad inmediata del sitio de la construcción durante el período del seguro.

 

Cobertura "G": Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro por algún riesgo amparado bajo la presente póliza.

 

 

Resumen de las principales Exclusiones:

La Compañía no será responsable, por cualquiera que sea la causa, por pérdidas o daños a consecuencia de:

a. Dolo o imprudencia manifiesta del Asegurado o de su representante responsable de la construcción, siempre y cuando el dolo o la imprudencia manifiesta sea atribuible a dichas personas directamente.

b. Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, revolución, rebelión, insurrección, asonadas, ley marcial, conmoción civil, motines, conspiraciones, poder militar o usurpado, confiscación, requisición o destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional, estatal o municipal, huelgas, disturbios políticos, actos malintencionados de personas o grupos de personas que actúen por orden de o en conexión con organizaciones políticas y sabotaje con explosivos.

c. Asentamientos del terreno que se produzcan por insuficiente compactación o estabilización del suelo y/o por un asentamiento previsible, teniendo en cuenta las características del subsuelo y métodos de construcción y que no resulten de un acaecimiento imprevisible.

d. Gastos adicionales por desagüe a causa del hecho de que las cantidades de agua originalmente esperadas fueron superadas.

e. Gastos incurridos por instalaciones adicionales para asegurar el desagüe de aguas de escurrimientos o freáticas.

f. Por fallos en el sistema de desagüe si tal fallo hubiera resultado evitable, si se hubiese previsto una reserva suficiente desde el principio.

g. Gastos incurridos para reparar grietas y remediar filtraciones de agua en excavaciones y sótanos.

h. Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva.

i. Pérdidas Consecuenciales, demora, penalización del trabajo sea total o parcialmente.

j. Gastos incurridos para retirar escombros, arena, sedimentos, lodo, etc., depositados en el lugar de la obra por corrimiento de tierra, viento, inundación, etc.

k. Gastos incurridos para reparar erosiones en pendientes u otros terrenos o bajo el nivel del agua si el Asegurado no ha tomado a tiempo medidas adecuadas según la naturaleza de la obra, el tipo de suelo y la topografía del sitio y sus alrededores.

l. A consecuencia de acumulaciones en el sitio de la obra, según se menciona en el inciso (j) descrito anteriormente, así también como consecuencia de no haber tomado el asegurado medidas adecuadas para proteger la obra inmediatamente después de la erosión de pendientes y terrenos según se describe en el inciso (k) descrito anteriormente.

m. El costo de remoción del material excavado en exceso de las líneas mínimas previstas en los planos, ni por los gastos para rellenar cavidades así producidas.

n. Gastos para inyectar áreas de material inconsistente, ni por otras medidas adicionales de refuerzo o de seguridad, aunque la necesidad de tales medidas se presente solamente durante la construcción.

o. La pérdida de bentonita u otro líquido estabilizador aunque se excedan las pérdidas originalmente previstas.

p. Cuando la maquinaria o el equipo haya sufrido algún daño durante su transporte, se excluyen las pérdidas o daños que pudiesen ocasionar a la Obra Civil durante su ejecución, o durante los períodos de pruebas o mantenimiento.

q. A mala implantación o a las operaciones de hincamiento o extracción de pilotes o de las camisas.

r. Gastos incurridos en caso de abandono de obras de pilotaje, por cualquier razón que no sea pérdida o daño accidental y particularmente en caso de condiciones imprevistas del subsuelo.

s. Cualquier pérdida o daño que resultase como consecuencia del abandono de un pozo o fuente de abastecimiento de agua, cualquiera que sea su motivo.

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